Propuesta de tratamiento de los enfermos mentales en el derecho penal ecuatoriano

 

Authors
Uzcátegui Arregui, Byron Leonardo
Format
BachelorThesis
Status
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Description

Si consideramos al delito como una institución jurídica, definido como aquel acto típico antijurídico culpable y punible, la culpabilidad es el tercer elemento que consiste en el “puente” que permite vincular en forma personalizada el acto injusto a su autor, actuando como filtro para condicionar el paso y la magnitud del poder punitivo que puede ejercerse sobre el infractor, para posteriormente poder reprocharle su accionar e imponerle una pena, de acuerdo al grado del reproche. El principio de culpabilidad es la expresión más acabada de exigencia de respeto a la persona, pues impone límites al Derecho Penal, límites a ese Ius Puniendi, a fin de evitar el totalitarismo y una criminalización desmesurada de la conductas. Puede subdividirse en dos principios: a) exclusión de la imputación de un resultado por la mera causación de éste; -imputación subjetiva- y b) prohibición de ejercicio del poder punitivo cuando no sea exigible otra conducta adecuada al derecho –causas de justificación-. Para poder reprochar una conducta típica y antijurídica a un autor, es menester que éste haya tenido un cierto grado de capacidad psíquica que le hubiera permitido disponer de un ámbito de autodeterminación. A nadie puede exigírsele que se comporte de conformidad con el Derecho, cuando no dispuso de cierto ámbito de decisión o autodeterminación-consciencia y voluntad-, o cuando no podía saber que lo realizado era ilícito. La imputabilidad es una característica de la conducta que depende de un estado del sujeto, para que se le puedan atribuir las acciones u omisiones realizadas por él, se trata de un estado, un modo de ser del sujeto, una condición intransferible, que el Derecho Penal recoge y delimita como un presupuesto de la responsabilidad. En síntesis, la capacidad psíquica (psicológica) requerida para imputar a una persona el cometimiento de un acto injusto, comprende dos niveles en primer lugar es aquella que le permite comprender la naturaleza antijurídica de su acto, y en segundo lugar aquella que le hubiese permitido adecuar su conducta conforme a esa comprensión de antijuridicidad. Cuando el sujeto carezca de la primera capacidad no habrá culpabilidad por ausencia de la posibilidad exigible de comprensión de la antijuridicidad, cuando falte la segunda, se trata de un estrechamiento del ámbito de autodeterminación del sujeto, por una circunstancia que proviene de su propia incapacidad psíquica. Por lo que, la presente investigación, presenta un análisis del tratamiento que en Ecuador se les da a aquellas personas que no tienen la capacidad psíquica requerida para responder por el injusto cometido, analizando el Derecho comparado y proponiendo reformas legales urgentes, así como un cambio en el Protocolo Psiquiátrico que actualmente utilizan los operadores de justicia, a fin de que se tome en cuenta la parte orgánica de las enfermedades mentales y no solo la parte psicológico psiquiátrica.
Araujo Granda, Paulina

Publication Year
2009
Language
spa
Topic
DERECHO PENAL
ENFERMOS MENTALES
LEGISLACIÓN ECUATORIANA
Repository
Repositorio SEK
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http://repositorio.uisek.edu.ec/123456789/53
Rights
openAccess
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