Text this: Efecto de la aplicación de la LEY ORGÁNICA PARA LA REACTIVACIÓN DE LA ECONOMÍA, FORTALECIMIENTO DE LA DOLARIZACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE LA GESTIÓN FINANCIERA en lo referente al Artículo 1 numeral 11 literal c que indica: c) A continuación del último inciso del literal b) del numeral 2, agréguese el siguiente inciso; "Las sociedades, las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y las personas naturales obligadas a llevar contabilidad no considerarán en el cálculo del anticipo, exclusivamente en el rubro de costos y gastos, los sueldos y salarios, la décimo tercera y décimo cuarta remuneración, así como los aportes patronales al seguro social obligatorio." en las empresas constructoras ubicadas en el centro norte del Distrito Metropolitano de Quito.