Problemas para la ejecución del acta de mediación en el ordenamiento jurídico ecuatoriano

 

Authors
Chenás Martínez, Miguel Angel
Format
MasterThesis
Status
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Description

Los sistemas alternativos para la solución de conflictos han venido a innovar nuestra forma tradicional de administración de justicia y especialmente las maneras alternas no adversariales de resolución de problemas jurídicos. La mediación no tiene un origen especifico y concreto, basta con decir que en toda sociedad existió una personalidad sobresaliente, que de una u otra forma, interponía sus buenos oficios en la solución de los conflictos. Esto constituye un claro precedente del proceso de mediación. Sin embargo, muchos profesionales del derecho son ajenos a esta temática, ignorando el gran número de ventajas que se derivan de éste método alternativo en referencia. En la mediación se crea un espacio amplio y cooperativo entre las partes en conflicto, cuya única meta es lograr un acuerdo ágil y económico que reduzca el expendio de tiempo, esfuerzo y dinero que son los factores que mueven un juicio ordinario. Además, en la mediación se busca que tal advenimiento sea elaborado con apego a la normativa legal vigente y sin que se vulneren los derechos de los intervinientes y de ese modo sean fáciles de ejecutar los acuerdos. La Ley de Arbitraje y Mediación ecuatoriana no ha logrado los efectos esperados, en especial en torno al descongestionamiento del sistema judicial. En este contexto, la mediación presenta mejores resultados que la justicia tradicional, y para ello se debe efectuar un control de legalidad de los acuerdos plasmados en las actas de mediación luego de su expedición, con el objeto de que puedan ejecutarse de manera eficaz. Sin embargo, es frecuente ver que una vez culminado el proceso de mediación, el acuerdo suscrito por las partes no garantiza una verdadera justicia, ya que el advenimiento puede alejarse de la normativa legal vigente y vulnerar derechos de los participantes. A esto se le debe sumar el posible incumplimiento de los involucrados, cuyo efecto sería que el acta de mediación sea ineficaz, ya que sería difícil o imposible de ejecutar el compromiso adquirido por los intervinientes y con ello se estaría dejando de tutelar los derechos de las personas que confiaron en la mediación para solucionar sus pugnas. Es evidente que la mediación ha contribuido a resolver controversias transigibles en diferentes áreas, pero resulta que los acuerdos no se cumplen a cabalidad o para hacerlos efectivos hay que recurrir a los jueces, convirtiendo a la mediación en una actividad meramente administrativa y alejada de una verdadera forma de administración de justicia. Este sistema alternativo en mención debería tutelar los derechos de las personas, desde el inicio del proceso de mediación hasta que los acuerdos logrados sean cumplidos en su totalidad, lo cual se verá reflejado en la satisfacción de los intervinientes.

Publication Year
2021
Language
spa
Topic
ARREGLO DE CONTROVERSIAS
MEDIACIÓN
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Repository
Repositorio Universidad Andina Simón Bolivar
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http://hdl.handle.net/10644/8514
Rights
openAccess
License
Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional